REFORMAR TU CASA PUEDES GRATIS
SEGÚN LA LEY LAU
Cambiar reforma gratis por alquiler de vivienda según la ley
Poca gente y los propietarios de viviendas conoce la nueva posibilidad de pagar el alquiler de una vivienda con una reforma o rehabilitación de viviendas.
Según la Ley desde 2013, con la Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento
del Mercado de Alquiler de Vivienda, se incluye la rehabilitación por renta en
el marco de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) explicada en el apartado 5
de su artículo 17 y dicho texto permite el pacto consistente en reemplazar
total o parcialmente la obligación de pago del alquiler por el
compromiso del arrendatario de reformar o rehabilitar el inmueble en
los términos y condiciones que se establezcan. Este acuerdo, no obstante,
impide cualquier tipo de compensación económica adicional hacia el arrendatario
por el coste de las obras realizadas en el inmueble.
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Los derechos y acuerdos entre propietario y inquilino
Pero la rehabilitación por renta no es un derecho del inquilino, sino un
acuerdo. "Se pacta lo que las partes acuerden atendiendo al valor de las
obras y del alquiler. Por ejemplo, si el alquiler mensual tiene un valor de YX
euros y el inquilino se compromete a ejecutar unas obras que le costarán XY
euros, eso significará que durante los meses correspondientes de valor
de la reforma no deberá pagar la renta y se cambiará el valor de la
obra por valor de alquiler. El valor de las obras puede ser tan significativo
que el inquilino no llegue a abonar ninguna renta", El arrendador renuncia
al cobro de la renta durante el tiempo equivalente al coste de las obras.
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Contrato pone mano de obra de inquilino
y como puede revisar la obra el propietario
Hay que extremar las precauciones y blindajes porque no es un contrato de
alquiler cualquiera. Se recomienda que el pacto sea lo más detallado
posible. Tanto la renta como las obras tienen que estar cuantificadas
conforme a un proyecto en el que se especifiquen calidades, acabados, precio,
plazos cuándo terminará aproximadamente la reforma, etcétera. "Es muy
importante para el arrendador que haya esta equivalencia, de lo
contrario no sabrá qué está percibiendo a cambio de no cobrar la
renta". Y para el inquilino es clave conocer a qué tipo
de obras se está comprometiendo, ya que las acepta como obligación principal.
Una vez al mes el propietario puede visitar el piso y certifique si se ha
pagado en especie la renta correspondiente y si las obras avanzan conforme a lo
previsto". El asunto sobre los materiales hay que poner
al contrato quien se ocupará de las compras porque la mayoría de los
propietarios los materiales quieren comprar y elegir por su gusto porque
prefieren luego tener su interior de su casa de la propia forma de vista y por
eso los compran normalmente ellos mismos por su parte.
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Detallar la negociación en el contrato
La ley no establece cuál es el tiempo por el que se puede eximir al
inquilino a cambio de reformar la vivienda que habita. En este sentido se trata
de una situación temporal”, ya que la LAU “habla de un plazo
determinado” de modo que “una vez finalizado dicho plazo, el inquilino
deberá proceder al pago normal de la renta”. Lo mismo sucede en relación a la
sustitución total o parcial del pago de la renta por las reformas.